Las becas, dedicadas a estudiantes de primero y segundo de bachillerato, formación profesional de grado medio y superior, enseñanzas artísticas profesionales y superiores, enseñanzas deportivas, y estudios religiosos y militares superiores, se acogen para este curso al Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto y a una modificación del Real Decreto 1721/2007 que “establecen una nueva fórmula de asignación de las becas que considera de forma proporcional la renta familiar y el rendimiento de los estudiantes, pero que contempla especialmente la situación económica desfavorable de aquellas familias que se encuentran por debajo de umbral 1 de renta familiar, así como las necesidades de residencia fuera del domicilio familiar”, así como otras modificaciones, ya incluidas parcialmente en el pasado curso, centradas en “fomentar la mejora del rendimiento académico de los estudiantes”.
Para poder obtener estas becas, además de encontrarse dentro de los umbrales de renta familiares, los estudiantes deberán haber resuelto de manera satisfactoria un porcentaje de los estudios cursados el año anterior. Este porcentaje es de 90% en estudios relacionados con las humanidades y las ciencias sociales y de 65% en Ingenierías, arquitecturas y otras enseñanzas técnicas. Los estudios adheridos a otros ámbitos deben superar un porcentaje intermedio entre estas dos cifras. Además, habrán debido obtener una nota media superior al 6,5, salvo en los estudios de ciencias o ingenierías, cuya nota mínima se sitúa en los 6 puntos.
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios» o en la dirección electrónica www.mecd.gob.es . Los plazos para presentar la solicitud se extenderán hasta el 15 de octubre de 2013 para los estudiantes universitarios y hasta el 30 de septiembre para estudiantes no universitarios.